La Primera Ministra, Elisabeth Borne, presentó el miércoles 26 de abril su hoja de ruta para la “cien días” mencionado por el presidente de la República, Emmanuel Macron, en un intento de pasar página en la reforma de las pensiones. En cuanto al poder adquisitivo, el jefe de gobierno promete en particular obtener “una distribución más justa de la riqueza que producen las empresas”.
Para alcanzar este objetivo, se presentará al Parlamento un proyecto de ley de transposición del acuerdo interprofesional nacional sobre el reparto del valor en las empresas, concluido en febrero entre los agentes sociales. “dentro de tres meses”anunció m.A mí Torpe. Interés y participación, ¿cuál es la diferencia? ¿Qué contiene el acuerdo interprofesional? ¿Se podría transcribir como está en la ley? El mundo Haz el punto.
¿Para qué servirá este acuerdo?
El acuerdo interprofesional de reparto de valor dentro de la empresa tiene como objetivo mejorar y generalizar los esquemas de participación o participación en los beneficios de los empleados, y así mejorar su retribución en un contexto de precios al alza. El acuerdo fue validado por todas las organizaciones patronales y sindicales, con excepción de la Confederación General del Trabajo (CGT).
Los tres meses de discusiones entre las organizaciones de empleadores y los sindicatos se estructuraron en torno a un documento de orientación transmitido por el gobierno. El ejecutivo pretende así dar seguimiento a la ley de “medidas de emergencia” para el poder adquisitivo, aprobada en agosto de 2022, primera parte del paquete de disposiciones para enfrentar la inflación.
Interés y participación, ¿cuál es la diferencia?
El incentivo y la participación son beneficios variables, ya que dependen del desempeño de la empresa. El empleado puede depositar la suma en un plan de ahorro para empleados: plan de ahorro de empresa, plan de ahorro colectivo para el retiro, etc. – o recuperarlo. En este caso, el importe de la bonificación tributa de la misma forma que el salario.
- Incentivo es opcional y puede ser configurado por todas las empresas. Este sistema, determinado por convenio de empresa, permite abonar a todos los empleados una bonificación proporcional a los resultados de la empresa.
- La participación es obligatorio en las empresas de cincuenta o más trabajadores. También se puede adoptar en estructuras más pequeñas. Es un mecanismo para redistribuir las ganancias de la empresa a los empleados.
- Compensación variable está vinculado al desempeño colectivo de la empresa oa los objetivos individuales del empleado. Es objeto de una cláusula en el contrato de trabajo. Puede incluir el bono de incentivo pero también, por ejemplo, primas o comisiones, prestaciones en especie (teléfono, coche de empresa, etc.) y finalmente opciones sobre acciones o distribución de acciones gratuitas.
¿Qué contiene el acuerdo interprofesional?
Este acuerdo contiene treinta y seis artículos y dos medidas principales.
- Para empresas de once a cuarenta y nueve personas: estarán obligados, a partir del 1oh enero de 2025, para establecer al menos un mecanismo “valor legal compartido” – participación, participación en los beneficios o incluso “prima de valor compartido” – si generan, durante tres años consecutivos, un beneficio significativo, al menos igual al 1% de su facturación. Empresas con menos de once empleados “tener la posibilidad” compartir las utilidades con sus empleados.
- Para empresas de al menos cincuenta personas: Las discusiones deben llevarse a cabo de tal manera que “mejor tener en cuenta resultados excepcionales” hecho en Francia. Una medida que se hace eco del debate sobre la fiscalidad de los superbeneficios, reavivado por los excedentes inigualables de TotalEnergies.
El acuerdo entre los interlocutores sociales incluido en la ley
Ciertos artículos del acuerdo prevén la modificación de la ley aplicable, en particular el establecimiento de la participación en empresas con menos de cincuenta trabajadores. Para dar compromisos a los interlocutores sociales, tras el desastroso episodio de la reforma de las pensiones, MA mí Borne prometido, el 20 de febrero, “la transcripción fiel y total de este acuerdo en ley”.
“Todo desmoronándose” sería “una puñalada en la espalda de los interlocutores sociales”prevenido, 19 de febrero, Geoffroy Roux de Bézieux, presidente del Movimiento Empresarial Francés. Al día siguiente, Laurent Berger, secretario general de la Confederación Democrática del Trabajo de Francia (CFDT), insistió: “El acuerdo debe ser respetado por el Parlamento”De lo contrario “sería un viaje a la socialdemocracia”. Una orientación confirmada por MA mí Encuadernado el miércoles.
Puntos que podrían atascarse en el momento de la transcripción en ley
¿Se respetará el compromiso asumido por el Primer Ministro? El informe parlamentario de la misión de investigación sobre el valor compartido, dirigida por los parlamentarios Louis Margueritte (Renacimiento) y Eva Sas (Europa Ecologie-Les Verts), se entregó el 12 de abril. Sin cuestionar el acuerdo, los relatores consideraron necesario complementarlo.
El informe recomienda adelantar un año la fecha prevista de aplicación, es decir, al 1oh enero de 2024. “Poner en vigor este mecanismo el 1oh Enero de 2025, teniendo en cuenta las cifras, incluso a partir de 2024, supondría un primer pago en el transcurso de 2025, es decir, en plazos insatisfactorios en relación con la urgencia del poder adquisitivo”, escriben los autores. Además, a los ponentes les preocupa la inexistencia de una obligación de fijar un importe mínimo a repartir entre los empleados. “Un líder empresarial podría así satisfacer esta obligación distribuyendo un PPV [prime de partage de la valeur] de 1 euro »ellos señalan.
Los ponentes también advierten del número de empresas obligadas a poner en marcha un mecanismo de reparto del valor que “podría ser relativamente pequeño”. Como recordatorio, las empresas de once a cuarenta y nueve personas deberán establecerlo si obtienen, durante tres años consecutivos, una ganancia al menos igual al 1% de su facturación. O, según estimaciones del Departamento de Trabajo sobre datos de 2020, “un máximo de 16.750 empresas, de las 130.000 empresas con entre once y cincuenta empleados, podrían estar afectadas (…)es decir, entre 180.000 y 840.000 empleados”.
Finalmente, con respecto a “resultados excepcionales”sobre empresas de al menos cincuenta personas, MA mí SAS señala que “la implementación de los dispositivos” manejado por acuerdo “sigue siendo muy incierto”, en tanto que la definición de resultados excepcionales quedará sujeta a la valoración del empresario.